Frente a un incidente de tránsito, ¿puede transferirse la Responsabilidad Penal del conductor de un vehículo al dueño del mismo?
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Respuesta correcta: A) No, porque la responsabilidad penal es intransferible.
La responsabilidad penal es personal e intransferible: responde quien realizó la conducta, en este caso el conductor. Por eso no puede trasladarse al dueño del vehículo ni a la compañía de seguros, que solo puede asumir consecuencias económicas propias de la responsabilidad civil. Tampoco depende del criterio del juez según la gravedad del hecho: es un principio básico del derecho penal, no una decisión discrecional.