Cuando un conductor realiza marcha atrás, ¿qué distancia puede recorrer?
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Respuesta correcta: C) El recorrido mínimo e indispensable, siempre que se trate de una maniobra de estacionamiento.
Al ir en marcha atrás solo puede recorrerse el trayecto mínimo e indispensable, y siempre en el marco de una maniobra permitida, como estacionar. No existen habilitaciones por metros fijos ni por fracciones de cuadra: la lógica de la norma es que el retroceso, por su escasa visibilidad, se limite a lo estrictamente necesario.