Los vehículos deberán llevar encendidas las luces reglamentarias desde:
Ver respuesta y explicación
Respuesta correcta: B) Media hora después de la puesta de sol, hasta media hora antes de su salida.
Las luces reglamentarias deben ir encendidas desde media hora después de la puesta de sol y hasta media hora antes de su salida. Así delimita la ley el período de oscuridad en que todo vehículo debe ser visible e iluminar la vía. La alternativa que exige encenderlas desde antes de la puesta de sol altera ese límite legal.
Pregunta n.º 84 del banco oficial.