Se presumirá culpabilidad del peatón que cruce la calzada en:
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Respuesta correcta: C) Lugar prohibido.
La ley presume la culpabilidad del peatón que cruza la calzada por un lugar prohibido, porque abandona los espacios previstos para su protección y aparece donde los conductores no tienen por qué esperarlo. En cambio, cruzar por el paso de cebra o por un paso de peatones es justamente el comportamiento correcto y protegido.
Pregunta n.º 128 del banco oficial.