Clases de licencia de conducir A, B, C, D, E, F y G
Guía editorial de Test de Licencia, contrastada con fuentes oficiales el 2026-09-07. Contenido informativo: la normativa vigente es la que publica la autoridad de tránsito de Argentina.
La Licencia Nacional de Conducir se organiza en siete clases —A, B, C, D, E, F y G— que la Ley 24.449 define por tipo de vehículo, y en subclases que la reglamentación abre según la cilindrada, el peso, la cantidad de plazas y el remolque. Es una sola licencia: en ella se detallan expresamente todas las clases que tenés habilitadas.
Las clases A, B y G son particulares. Las clases C, D y E son profesionales: exigen 21 años, haber tenido la clase B al menos un año antes y, según el caso, certificado de antecedentes penales. Acá tenés la tabla completa con lo que habilita cada subclase, la edad mínima y la antigüedad previa que se pide.
| Clases particulares | A (motos y cuatriciclos), B (autos y camionetas) y G (maquinaria agrícola) |
|---|---|
| Clases profesionales | C (camiones), D (transporte de pasajeros y emergencias) y E (articulados y maquinaria especial no agrícola) |
| Clase F | Vehículo adaptado a la condición física del titular; acompaña a la subclase del vehículo que conduce |
| Hasta los 21 años | Solo se puede acceder a licencias de clases A y B |
| Profesionales | 21 años cumplidos y clase B obtenida al menos un año antes |
| La más pedida | B.1: automóviles, utilitarios, camionetas y vans de uso privado hasta 3.500 kg |
Clase A: motos, ciclomotores, triciclos y cuatriciclos
| Subclase | Qué habilita | Edad | Antigüedad previa |
|---|---|---|---|
| A.1.1 | Ciclomotores hasta 50 cc o 4 kW de potencia máxima continua nominal si son eléctricos | 16 | — |
| A.1.2 | Motocicletas hasta 150 cc u 11 kW. Incluye A.1.1 | 17 | — |
| A.1.3 | Motocicletas de más de 150 cc y hasta 300 cc, o de más de 11 kW y hasta 20 kW. Incluye A.1.2 | 19 | 2 años en A.1.2, excepto mayores de 21 |
| A.1.4 | Motocicletas de más de 300 cc o de más de 20 kW. Incluye A.1.3 | 21 | 2 años en A.1.3; los mayores de 21, 1 año en motos de cualquier cilindrada |
| A.2.1 | Triciclos y cuatriciclos sin cabina hasta 300 cc o 20 kW, con manillar direccional | 17 | — |
| A.2.2 | Triciclos y cuatriciclos sin cabina de más de 300 cc o 20 kW. Incluye A.2.1 | 19 | 2 años en A.2.1; los mayores de 21, 1 año en triciclos o cuatriciclos |
| A.3 | Triciclos y cuatriciclos cabinados de cualquier cilindrada, con volante direccional | 17 | — |
Clase B: autos, camionetas y acoplado liviano
| Subclase | Qué habilita | Edad | Antigüedad previa |
|---|---|---|---|
| B.1 | Automóviles, utilitarios, camionetas, vans de uso privado y casas rodantes motorizadas hasta 3.500 kg de peso total. Incluye A.3 | 17 | — |
| B.2 | Los vehículos de B.1 con un acoplado de hasta 750 kg o casa rodante no motorizada. Incluye B.1 | 18 | 1 año en la clase B.1 |
La B.1 es la puerta de entrada a casi todo: además de habilitar el auto, es requisito previo para las clases profesionales, y la Ciudad de Buenos Aires la describe como la base obligatoria para tramitar licencias de mayor porte o especialización. Si querés remolcar un trailer o una casa rodante de más de 750 kg, ya no alcanza la B.2: entrás en el terreno de la clase E.1.
Clases C, D y E: las profesionales
La Ley 24.449 establece que los titulares de licencias de clases C, D y E tienen el carácter de conductores profesionales, y que para que se las expidan deben haber obtenido la clase B al menos un año antes. La edad mínima para todas ellas es 21 años. Los cursos regulares para conductor profesional autorizados por el Poder Ejecutivo permiten obtener la habilitación desde los 20, sin perjuicio de ese requisito de antigüedad.
| Subclase | Qué habilita | Edad |
|---|---|---|
| C.1 | Camiones sin acoplado, semiacoplado ni articulado, y vehículos o casas rodantes motorizadas de más de 3.500 kg y hasta 12.000 kg. Incluye B.1 | 21 |
| C.2 | Los mismos vehículos, de más de 12.000 kg y hasta 24.000 kg. Incluye C.1 | 21 |
| C.3 | Los mismos vehículos, de más de 24.000 kg. Incluye C.2 | 21 |
| D.1 | Transporte de pasajeros hasta 8 plazas, excluido el conductor. Incluye B.1 | 21 |
| D.2 | Transporte de pasajeros de más de 8 y hasta 20 plazas, excluido el conductor | 21 |
| D.3 | Transporte de pasajeros de más de 20 plazas, excluido el conductor. Incluye D.2 | 21 |
| D.4 | Vehículos para servicios de urgencia, emergencia y similares; debe ir acompañada de la subclase A, B, C, D o E que corresponda | 21 |
| E.1 | Vehículos de clase C o D con uno o más remolques o articulaciones. Incluye B.2 | 21 |
| E.2 | Maquinaria especial no agrícola | 21 |
Requisitos extra de las profesionales
- Certificado de antecedentes penales: la ley obliga a pedir al Registro Nacional de Reincidencia los antecedentes de quien solicita la clase D, y la Provincia de Buenos Aires lo exige para C, D y E. En CABA vale 30 días.
- Saber escribir, además de leer: es un requisito específico de los conductores profesionales.
- Primera licencia profesional: no puede otorgarse a personas con más de 65 años. En las renovaciones, la autoridad analiza cada caso previo examen psicofísico.
- Para manejar taxi en CABA con subclase D1 hace falta además la Licencia Habilitante de Taxi (tarjeta magnética).
Clases F y G
La clase F habilita un vehículo automotor especialmente adaptado a la condición física de su titular. La licencia tiene que consignar la descripción de la adaptación que corresponda y va acompañada de la subclase del vehículo que se conduzca. En la tabla oficial de la ANSV su vigencia se define por la adaptación técnica vehicular, no por un plazo fijo.
| Subclase | Qué habilita | Edad | Antigüedad previa |
|---|---|---|---|
| G.1 | Tractores agrícolas | 17 | — |
| G.2 | Maquinaria especial agrícola | 17 | — |
| G.3 | Tren agrícola; debe ir acompañada de la subclase B.1 o G.1 según corresponda | 18 | 1 año en la subclase correspondiente |
Cómo se amplía a una clase nueva
La ampliación es un trámite propio: sirve para agregar clases a la licencia que ya tenés. No te dan una licencia nueva por cada vehículo, porque solo se puede otorgar una Licencia Nacional de Conducir por persona; lo que cambia es la lista de clases habilitadas anotadas en ella.
Al ampliar volvés a rendir: la Provincia de Buenos Aires exige examen teórico y examen práctico a quienes quieren ampliar a una clase nueva, y la Ciudad de Buenos Aires exige el curso de educación vial para cualquier licencia profesional, aunque tengas una vigente de otra jurisdicción o país. La ampliación también se puede iniciar de forma remota con usuario de Mi Argentina, eligiendo prestadores habilitados para los cursos y exámenes que correspondan.
Preguntas frecuentes
¿Qué licencia necesito para manejar un auto común?
La B.1, que habilita automóviles, utilitarios, camionetas, vans de uso privado y casas rodantes motorizadas hasta 3.500 kg de peso total, e incluye la clase A.3. La edad mínima es 17 años.
¿Con la licencia de auto puedo manejar una moto?
No. La B.1 incluye la clase A.3 —triciclos y cuatriciclos cabinados con volante direccional—, pero no las motos. Para motos necesitás la subclase A.1 que corresponda a la cilindrada.
¿A qué edad puedo sacar la licencia profesional?
A los 21 años, y hay que haber obtenido la clase B al menos un año antes. Los cursos regulares para conductor profesional autorizados por el Poder Ejecutivo habilitan a obtenerla desde los 20, sin perjuicio de ese requisito.
¿Puedo remolcar un trailer con la licencia de auto?
Con la B.1 no. Necesitás la B.2, que habilita un acoplado de hasta 750 kg o una casa rodante no motorizada y pide un año de antigüedad en B.1. Por encima de esos 750 kg la clase que corresponde es la E.1.
¿Qué es la clase A4 que aparece en CABA?
Es la categoría de cuatriciclos. En CABA tiene su propio material de estudio y su propio curso; en la Provincia de Buenos Aires, desde 2019 los cuatriciclos exigen una clase específica y una prueba de manejo en pistas habilitadas de determinados municipios.
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Fuentes oficiales
- ANSV — Clases y subclases de licencias — Definición de cada subclase A, B, C, D, E, F y G, con cilindradas, pesos, plazas, edades y antigüedad previa exigida (consultado el 2026-09-07)
- Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial — Artículos 11, 16 y 20: edades mínimas, clases de licencia y régimen del conductor profesional (consultado el 2026-09-07)
- Decreto 196/2025, reglamentación de la Ley 24.449 — Una sola licencia por persona con las clases detalladas; hasta los 21 años solo clases A y B (consultado el 2026-09-07)
- Provincia de Buenos Aires — Licencias de conducir — Requisitos de las licencias profesionales, alcance jurisdiccional e interjurisdiccional por clase y régimen de cuatriciclos (consultado el 2026-09-07)
- GCBA — Otorgamiento de licencia de conducir — Antigüedad en B1 y antecedentes penales para la clase D, licencia habilitante de taxi y alcance urbano de las profesionales porteñas (consultado el 2026-09-07)
- Secretaría de Transporte — Modificación del decreto reglamentario de la Ley de Tránsito — Eliminación de la LiNTI y validez interjurisdiccional de las clases C, D y E (consultado el 2026-09-07)
Las guías se redactan a partir de la normativa y las publicaciones oficiales citadas; cuando un dato cambia (tasas, plazos, requisitos), manda siempre la fuente oficial. Más detalle en Fuentes oficiales.