Examen visual para la licencia de conducir en Chile

Guía editorial de Test de Licencia, contrastada con fuentes oficiales el 2026-09-07. Contenido informativo: la normativa vigente es la que publica la autoridad de tránsito de Chile.

El examen visual de la licencia de conducir en Chile no se rinde en una óptica: forma parte del examen sensométrico que te toma el Gabinete Técnico de la Dirección de Tránsito de tu municipalidad, y lo practica el médico municipal o personal calificado bajo su directa supervisión. Son ocho pruebas y todas tienen un umbral escrito en el reglamento.

Para la licencia clase B necesitas 0,6 o más de agudeza visual binocular, un campo visual de al menos 120 grados en el plano horizontal, distinguir permanentemente el rojo, el verde y el amarillo, y recuperarte del encandilamiento en un máximo de 5 segundos. Si llegas a ese 0,6 solo con anteojos o lentes de contacto, puedes obtener la licencia, pero quedas obligado a usarlos para conducir.

Dónde se rindeGabinete Técnico de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de tu municipalidad
Quién lo tomaEl médico del Gabinete Técnico o personal municipal calificado bajo su directa supervisión
Qué incluyeAgudeza visual, perimetría (campo visual), visión de profundidad, visión nocturna, encandilamiento, recuperación al encandilamiento, visión de colores y audiometría
Agudeza visual clase B0,6 o más binocular; 0,7 en el mejor u único ojo si hay visión monocular. Se acepta la agudeza corregida
Cada cuánto se repiteEn cada control: 6 años en las clases B, C y especiales; 4 años en las profesionales
Si lo repruebasEl médico puede reexaminarte una vez más dentro de 60 días hábiles, y puedes pedir un nuevo examen al Servicio Médico Legal

Qué mide exactamente el examen visual

El reglamento que regula los equipos municipales define para cada prueba un objetivo y el instrumento con que debe realizarse. No es una revisión rápida de la vista: se miden capacidades distintas, y basta con no alcanzar un umbral para que el resultado quede consignado.

  • Agudeza visual: capacidad de percibir con nitidez objetos a diferentes distancias, de día y de noche. Se mide con optotipos en escala de décimas; si están proyectados, el proyector y la pantalla van a 3 a 6 metros.
  • Perimetría: mide los límites de las áreas perceptoras de la retina hacia el exterior en el plano horizontal, con un perímetro horizontal. Es lo que la gente llama «campo visual» o visión periférica.
  • Visión de profundidad: capacidad de ver objetos en distintos planos para calcular la distancia de acercamiento; se usa un evaluador de distancia o láminas de estereopsis.
  • Visión nocturna: percepción visual con el mínimo de luminosidad, medida con un nictómetro.
  • Encandilamiento: cuánto disminuye tu percepción visual por exceso de luz, también con nictómetro.
  • Recuperación al encandilamiento: cuántos segundos demoras en volver a ver después del deslumbramiento.
  • Visión de colores: se evalúa con tablas seudoisocromáticas que incluyen láminas de rojo, verde y amarillo puros, según las normas de la American Optical Association.
  • Audiometría: aunque no es visual, se rinde en el mismo bloque sensométrico y mide la audición mínima en decibeles en cada oído por separado.
Los municipios que solo otorgan licencias clases D y E no están obligados a tener todos estos instrumentos: les basta un optotipo o tablas de Snellen para la agudeza visual.

Los valores que se exigen para la licencia clase B

Esta es la tabla que aplica el Gabinete Técnico cuando postulas a la licencia no profesional clase B, la de auto particular. Los valores están fijados en el reglamento, no los decide cada municipalidad.

Normas de aprobación del examen sensométrico para la licencia clase B
PruebaNorma de aprobación
Agudeza visual0,6 o más binocular con ambos ojos a la vez. Con pérdida funcional total de un ojo, al menos 0,7 en el mejor u único ojo. Se acepta la agudeza corregida
PerimetríaCampo visual igual o superior a 120 grados en el plano horizontal, en medición binocular
Visión de profundidad3 aciertos o más en 5 pruebas de instrumento, o 60% de aciertos en la lámina de estereopsis con balance muscular normal
Visión nocturnaDistinguir figuras con 35 candelas o menos de iluminación, en escala de 0 a 100 cd
EncandilamientoDistinguir figuras con 45 candelas o menos de iluminación, en escala de 0 a 100 cd
Recuperación al encandilamientoMáximo 5 segundos en recuperarse
Visión de coloresReconocer permanentemente los colores rojo, verde y amarillo
AudiometríaAudición mínima de 80 decibeles de promedio o menos en 500, 1.000 y 2.000 ciclos por segundo

Dos de esas normas tienen una válvula de escape escrita en el propio reglamento. Si tienes visión monocular y no apruebas la visión de profundidad, se considera una deficiencia no grave, y el médico puede pedir exámenes especiales para comprobar que hubo un período suficiente de adaptación. Lo mismo ocurre con la audiometría de clase B: no aprobarla se considera deficiencia no grave.

Qué se exige en las licencias profesionales y en las clases C, D y E

Cuanto mayor es la responsabilidad de la licencia, más estricto es el umbral visual. Las licencias profesionales y la clase C de motos comparten la tabla más exigente; las clases D y E, en cambio, solo tienen dos pruebas.

Agudeza visual y campo visual exigidos por grupo de licencia
Grupo de licenciaAgudeza visualCampo visual (perimetría)
Profesionales A1 a A5, clase C, clase F y las A1/A2 obtenidas antes del 8 de marzo de 19970,8 o más en ambos ojos con la mejor corrección70 grados o más para cada ojo
No profesional clase B0,6 o más binocular (0,7 en visión monocular)120 grados o más en el plano horizontal, binocular
Especiales clases D y E0,5 o más binocular (0,6 en visión monocular)No se exige perimetría

En el grupo más exigente la visión de profundidad se aprueba con 4 aciertos en 5 pruebas o con un 80% de aciertos en la lámina de estereopsis, y la audiometría pide un promedio de 40 decibeles o menos para las licencias A1, A2 y A3 profesionales, y de 80 decibeles o menos para A4, A5, C y F. En las clases D y E basta una audición que permita al postulante relacionarse con el médico examinador.

Lentes: la restricción que queda anotada en tu licencia

El reglamento acepta expresamente la agudeza visual corregida, así que usar anteojos o lentes de contacto no te impide obtener la licencia. Pero añade una obligación: los postulantes que sin corrección tengan una agudeza binocular de 0,6 —o de 0,7 en el caso de visión monocular— deberán utilizar lentes correctores que aumenten su agudeza visual.

En la práctica eso se traduce en una licencia con restricción. La Ley de Tránsito permite otorgar licencias que habiliten solo para conducir un determinado vehículo, o restringidas a horarios o áreas geográficas, y el reglamento indica que la restricción que se determine se consigna a través de la Plataforma Electrónica del Ministerio de Transportes. Conducir sin cumplir la restricción anotada es conducir fuera de las condiciones en que se te otorgó la licencia.

Ve al examen con los lentes que usas habitualmente y con la receta al día. Si llegas sin ellos, el resultado que quedará registrado es el de tu visión sin corregir.

Qué pasa si repruebas el examen visual

Reprobar una prueba sensométrica no cierra el trámite de inmediato. El reglamento ordena que se realicen todos los exámenes físicos y síquicos aunque el postulante haya sido reprobado en alguno, y abre tres caminos.

  1. Reexamen con el mismo médico. El médico del Gabinete Técnico puede reexaminar por una vez más al postulante rechazado en un primer examen médico, en un plazo que él determina prudencialmente y que no puede exceder de 60 días hábiles contados desde el rechazo original.
  2. Nuevo examen ante el Servicio Médico Legal. Si te reprueban en el examen médico puedes pedir al Servicio Médico Legal —o a otro establecimiento especializado que ese Servicio designe— que te haga un nuevo examen. Si el resultado te es favorable, prevalece sobre el anterior. Debes acompañar copia autorizada del informe que impugnas y otro informe de un médico cirujano habilitado.
  3. Licencia restringida. En casos calificados, siempre que la deficiencia no sea grave, o atendidos la edad y el estado general del postulante, puede otorgarse una licencia restringida o por un plazo inferior al normal.

Si finalmente te deniegan la licencia por una causa que se puede solucionar, la solicitud no puede renovarse hasta 30 días después de la primera denegatoria, y hasta 6 meses después de cada nueva denegación.

El examen visual también se rinde al renovar

La licencia chilena es de duración indefinida, pero está sujeta a controles periódicos: cada 6 años en las clases B, C y en las especiales, y cada 4 años en las profesionales. En cada control tienes que volver a acreditar la idoneidad física y psíquica, y eso incluye el examen de vista. ChileAtiende lo dice en los mismos términos: al renovar debes cumplir con los exámenes de reflejo, vista y, si la licencia es profesional, el teórico.

El control debe hacerse a más tardar en la fecha de tu cumpleaños. Si esa fecha cae en día inhábil, se verifica el día hábil siguiente; y si naciste un 29 de febrero, el primer día hábil de marzo.

Preguntas frecuentes

¿El examen de vista para la licencia de conducir se hace en una óptica?

No. Se rinde en el Gabinete Técnico de la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la municipalidad, dentro del mismo trámite de la licencia, y lo practica el médico municipal o personal calificado bajo su directa supervisión. Un informe de una óptica particular no reemplaza ese examen.

¿Cuánta agudeza visual piden para la licencia clase B?

0,6 o más binocular, con ambos ojos a la vez. Si perdiste funcionalmente la visión de un ojo o usas uno solo, se exige al menos 0,7 en el mejor u único ojo. Se acepta la agudeza visual corregida con lentes.

¿Puedo sacar la licencia si veo con un solo ojo?

Sí. El reglamento contempla expresamente la visión monocular: pide 0,7 de agudeza en el mejor u único ojo, mide el campo visual con ese ojo, y establece que no aprobar la visión de profundidad se considera una deficiencia no grave, sin perjuicio de que el médico pueda pedir exámenes especiales para comprobar que hubo un período suficiente de adaptación.

¿Me pueden obligar a usar lentes para conducir?

Sí. Si sin corrección tienes 0,6 de agudeza binocular (o 0,7 en visión monocular), el reglamento te obliga a usar lentes correctores que aumenten tu agudeza visual, y esa restricción queda registrada en la Plataforma Electrónica junto con tu licencia.

¿Hay que repetir el examen visual para renovar la licencia?

Sí. En cada control —cada 6 años en las clases B, C y especiales, y cada 4 años en las profesionales— hay que volver a acreditar la idoneidad física y psíquica, lo que incluye el examen de vista y el de reflejos. El control se hace a más tardar en la fecha de tu cumpleaños.

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